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בשם האל2.
Eruditíssimo y celebérrimo señor G.J. Vossius,
Si el caudal de mi ingenio fuesse tal, que pudiesse satisfazer a los altos pensamientos del illustríssimo y eminentíssimo señor H. Grossius, de mejor voluntad aceptara el tomar a mi cargo la absolución que me pide el dicho señor acerca el magistrado de Israel; porque aunque por una parte me fuerça su imperio, por otra me desanima mi ignorancia, siendo cierto que a los grandes ingenios agrada diffícilmente todo, y es fuerça que quedemos defficiente. Con todo pondré todo lo possible de mi parte, oxalá sea acepto mi cuydado.
Digo pues desta manera: como sea la justicia, causa de la conservación del mundo y, según dizen los sabios, coluna en que se sostenta, mandava Dios, que el pueblo Israelítico constituyesse juezes en todas las ciudades, donde en al Deut. c. 16. 18: Judices et praefectos dabis tibi in omnibus portis tuis3. Y ansí primeramente constituyan un magistrado de 71 personas en el Templo y este se llamava סנהדרין גדולה, Senado grande, a imitación de los 70 viejos electos por Moseh, que con él eran 71, según consta de Num. c. 11. 16: Et dixit Dominus ad Moseh, colige mihi septuaginta viros è senioribus Israël, quod nosti, quod ipsi seniores populi et praefectus ejus, et capies eos ad tentorium conventus et stabunt ibi tecum4.
Destos pues el más excelente en sciencia y virtud era el mayoral y se dezía ראש cabeça, o נשיא príncipe, o שופט juez, que todos estos atributos tenía, debaxo del qual el segundo lugar obtenía y era el presidente el mayor de los 70 y se llamava אב בית דין padre o mayor del senado.
Después deste grande magistrado avía en Jerúsalem otros dos de 23 personas, porque como Jerúsalem tocava - segun consta del libro de Jeosuha - a dos tribus, Jehuda y Binyamin, ansí convenía tuviesse dos magistrados, para que cada qual concurriesse al magistrado de su tribu.
Las demás ciudades, como fuessen de 120 vesinos, constituyan luego entre sí un senado de 23 senadores y siendo de menos numero un colegio de 3 hombres. La authoridad destas 3 suertes de magistrados era varia, porque el senado de 71 tenía authoridad suprema y hasta el rey los consultava por obligación; el de 23 podía condenar a muerte, mas tenía apelación, y los 3 no podían juzgar sino cosas civiles.
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La calidad de los 71 Sahedrin es esta, que fuessen doctíssimos en el estudio de la ley y peritos en todas las más artes naturales, geometria, medicina, astrologia, y aun tuviessen noticia de la magia y echizería, a fin de que pudiessen dar recto parecer en semejantes casos. Y porque el conoscimiento de tantas artes requiere una desocupación del ánimo y reposo de los negoceos mundanos, por esta causa era ley אין מצמידין בסנהדרין אלא כהנים לויים וישראלים המיוחסין הראויים להשיא לכהונה שנאמר והתיצבו שם צמך בדומין לך בחכמה ביראה וביחס ומצרה להיות בסנהדרין גדולה כהנים ולויים שנאמר ובאת אל הכהנים הלויים ואם לא מצאו אפילו היו כלם ישראל הרי זה מותר5.
-No constituyrán en el magistrado sino sacerdotes y levitas y Israelitas de buena familia, tales que puedan contraer matrimonio con la casa sacerdotal, que ansí está dicho: et stabunt ibi tecum6, los semejantes a ti en sciencia, temor de Dios y familia. Y es precepto, que aya en el Senado grande sacerdotes y levitas, que ansí esta dicho: Et venies ad sacerdotes levitas7, empero, si estos no se hallaron, aunque sean todos Israelitos, es lícito -. Palabras son estas de R. Moseh de Egito8 en su grande obra יד החזקה 2a p. tratado de Sanhedrin c. 2.9, las quales son sacadas del Talmud, de lo qual se ve, que siempre se pretendía, que en el Senado grande vuiesse muchos sacerdotes y levitas; porque, fuera de que estos viviendo de las décimas del pueblo tenían mayor ocio para los estudios, se crehía serían más iluminados de la verdad y participarían más de los divinos dones, como personas más llegados a Dios, ocupados siempre en las cosas sacras. Ansí en el Deut. c. 33. se dize: Docebunt judicia tua Jahacob, et legem tuam Israel10, y en Malhachi c. 2. 7: Labia sacerdotis custodient scienciam, et legem requirent ex ore ejus, quia Angelus domini exercituum ipse11.
Quando pues se ofrecía alguna duda tocante a la exposición de algún precepto o caso que de nuevo ocurriesse entre los magistrados de 23, los tales se ivan a Jerusalem y allí consultando le gran Senado; dada por ellos la sentencia, obedecían todos sin más réplica, porque a estos era dada la suprema authoridad en todo. La qual duró desde Moseh hasta 40 años antes de la destruición del segundo templo. La causa empero de que esta authoridad de diffinir y dicernir las materias se aya dado al senado y no a los prophetas, es porque siendo la ley no solamente dada a las
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prophetas, mas a toda la commún poblicidad de Israel, era fuerça se concediesse el entendimiento della a todos; porque sino, en vano les era dada la ley, y para que esto pareciesse ser ansí, quiso Dios consistiesse la explicación en los más doctos del pueblo. Juntemos a esto, que, si fuesse esta authoridad dada solamente a los prophetas, se seguiría, que faltando la prophecía, ansí faltaría el verdadero sentido de la ley, lo qual es falso. También si las dudas fuessen sueltas por los prophetas, los sabios tanto menos y con muy poco cuydado se emplearían en los estudios teniendo fácilmente a la mano quien les solviesse sus difficuldades. Fuera de todo lo qual, esto sería ocasión de disminuyrse la authoridad del senado, constando al pueblo no tener facultad de concluyr las cosas.Presupuesto lo dicho, conviene que vengamos a la exposición del textu, Dize pues la S.S. Deut. c. 17. 8: Cum mirabile fuerit a te verbum in judicio, inter sanguinem et sanguinem, inter judicium ad judicium et inter plagam et plagam, verba contentionum in portis tuis et surges et ascendes ad locum, quem elegerit Dominus Deus tuus in eo12. Quiere dezir, ofreciéndose alguna ardua y difficultosa duda, sea en caso criminal de sangre, o civil juizio de hazienda o veramente de alguna llaga y herida que uno aya dado a otro, en tal caso siendo que algún sabio contradiga la opinión del magistrado de su ciudad, él junto con el senado subirán a las más alta ciudad de todas las más del mundo, que es Jerúsalem, y allí consultarán el Senado grande segú[n] luego sigue diziendo: Et venies ad sacerdotes, levitas, et ad judicem qui erit in diebus ipsis, et quaeres et indicabunt tibi e loco ipso, quem elegerit dominus, et custodies faciendo juxta omnia, quae docebunt te. Super os legis etc.13.
A quí primeramente muestra, que los que directamente avían de deffinir la materia, serían sacerdotes, levitas h.e. sacerdotes y levitas, o los sacerdotes que salieron del tribu de Levi: y esto, por que el dicho senado - según avemos dicho - estava siempre lleno de sacerdotes. Et ad judicem, quiere dezir al príncipe de aquel senado, el qual como cabeça de aquel judicatorio colegio, justamente le convenía el nombre como advierte R. Moseh, don Ishac Abravanel14 y otros. Y ansí se ve, que por este respeto se llamaron los governadores que fueron después de ... y antes de Saul.
שופטים juezes; por que estos, eran los príncipes de aquel senado. Qui erit in diebus ipsis, esto es, aunque sean de menor calidad y menos doctos que los precedientes y como suelen los antigos dezir יפתח בדורו כשמואל בדורו15 -
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Iptah en su seculo, como Semuel en su seculo - quieren dezir, que tanto respeto se devía atribuyr a uno como a otro. Et facies super os verbi quod annunciabunt tibi16. Aqui se contiene la obrigación que tiene aquel sabio, de someterse a aquel parecer y desdezir se de su opinión aprovando la sentencia del Senado grande. Et vir qui fecerit insuper ad non audiendum ad sacerdotem stantem ad ministrandum ibi cum domino Deo tuo vel ad judicem, et morietur vir ipse17. H.e. él que fuere tan soberbio, que no obstante la sentencia del Senado grande estuviere obstinado en su parecer, inprudentemente no teniendo consideración al respeto devido al príncipe y a un colegio de sacerdotes, que administran las sagradas cosas en el mismo Templo, el tal, si en su tierra bolviendo de nuevo enseñare la misma opinión, manda la ley, que sea preso y trahido a Jerúsalem, a la vista del pueblo, quando se juntaren en la primera pascua, que se ofreciere, muera ahogado; como dize el verso: Et omnis populus audient et timebunt18, para que viendo el castigo ninguno fuesse osado a introduzir novedades y se evitassen controversias. Este el que suelen los sabios llamar זקן ממרא viejo o sabio rebelde, porque para ser uno condenado a muerte por rebelde devía ser sabio consumado y ya llegado a tal edad y dignidad, que fuesse por los más sabios doctorado con licencia de exponer las leyes.Estas son las cosas que me parecen, celebérrimo señor, más necessarias; las quales, pareciendo sufficientes, podrá v ... embiar según van escritas, quando no, emmendar y disponer en la forma que mejor pareciere.
Vale.
Amstradam, de mi Musaeo a los 4 de Junio 5398.
Tuus omni officio.
Menasseh ben Israel.
In dorso schreef Grotius: An השפט pronuntiant ut ex senatus sententia ut הפשיא: an suopte arbitratu. An relatio fuerit a tribunalibus XXIII virorum an appellatio. An bene conveniat potuisse errare synedrium - nam pro eius errore sacrificia sunt praecepta - et tamen ei debuisse obediri. Et quomodo. An distinctio favenda rerum templi aliarum quae tot negotia dei, quae regis. Cur isto Sadducaeorum et Pharisaeorum ...udio stante (?) ... pi ... illi usum non habuerit. An senator ille urbanus si (?) ... isse te cernes prioribus sententiis coactus fuisset sententiam mutare.